¿Qué es SUDEI?

Es la Sociedad Uruguaya de Artistas Interpretes, fundada el 19 de mayo de 1951. Es una Sociedad de Gestión Colectiva, cuyas principales funciones son recaudar y distribuir los montos originados por la difusión de los artistas intírpretes uruguayos, de acuerdo a la Ley No. 9.739 y su modificatoria Ley No. 17.616 de Enero de 2003.


¿A quién representa?

Actualmente, SUDEI representa a más de 3100 asociados, entre músicos, actores, cantantes, bailarines, del país, y a los diferentes artistas internacionales a través de contratos de reciprocidad (AIE, España) y de la FILAIE, Federación Iberolatinoamericana de Artistas Intérpretes y Ejecutantes.


¿Cómo se originan los derechos patrimoniales de los artistas intérpretes?

Los derechos de los artistas intérpretes se originan a través de la difusión de los fonogramas en los diferentes medios de comunicación pública, además de salas bailables, discotecas, pubs, galerías, locales comerciales.


¿Qué beneficios otorga SUDEI?

En primer lugar, distribuye, en forma semestral, los montos recaudados por concepto de derechos de intérprete, conforme a las normas de reparto, tal como establecen la Ley No. 17.616 y el Decreto 154/004. Además, cumple con los fines asistenciales y culturales que le son propios: Becas de Perfeccionamiento Artístico, pagos de primas por concepto de Asistencia Social a socios y deudos en situaciones de urgencia, Apoyo Cultural a Proyectos Artísticos, y un Panteón Social.


¿Por qué el usuario debe pagar los derechos de intérprete?

Los usuarios deben pagar el derecho porque así lo dispone el Artículo 33 de la Constitución de la República, así como la Ley 9.739 y su modificatoria Ley 17.616, en mérito a que la interpretación utilizada por terceros, con fines de lucro directo o indirecto, genera una compensación económica para el intérprete.

¿Cómo me asocio a SUDEI?

Para asociarse a la Institución, los requisitos son los siguientes:

  • Completar un formulario de inscripción, firmado por dos socios activos o fundadores.
  • Acreditar la condición de intérprete (mediante un Curriculum Vitae artístico y la presentación de un fonograma editado en el que haya participado).
  • Dos fotos tipo carnet.
  • Pago del importe de dos UR como gastos de ingreso (por única vez, no se cobra cuota social).